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Reforma Laboral 2012
Ha sido publicado recientemente el Real Decreto Ley 3/2012 de 10 de febrero de Reforma del Mercado Laboral, en el que entre otras cosas se regula los nuevos tipos de contratación así como las bonificaciones existentes en Seguridad Social para cada tipo de contrato. Adjuntamos el texto integro de dicha reforma ya que consideramos puede ser de su interes.
BOE 2076 - Reforma Laboral 2012

Cambio Retención Alquileres
La Ley 20/2011 de 30 de diciembre de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la correccción del déficit público ha modificado el tipo de retención
que se aplica a los arrendamientos, la nueva ley
establece “que el porcentaje de retención e ingreso a
cuenta sobre los rendimientos procedentes del
arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles
urbanos, cualquiera que sea su calificación, será del
21 por ciento”.
Hasta ahora el porcentaje que se estaba aplicando era del 19 por ciento.
Por tanto, si usted es el arrendador tenga en
cuenta que a partir del día 1 de Enero de
2.012 tendrá que aplicar el nuevo porcentaje del 21 por
ciento en los recibos de alquiler que realice. Si por el
contrario usted es el arrendatario asegúrese de que en
los recibos que le cobren a partir de dicha fecha le han
aplicado el tipo de retención corregido, ya que es su
obligación ingresar dicho porcentaje a través de las
liquidaciones trimestrales del modelo 115.
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Nuevas Retenciones para los Rendimientos de Trabajo.
A partir del 1 de febrero de 2012 el pagador de rendimientos del trabajo deberá calcular el tipo de retención de todos sus trabajadores regularizando el tipo con el incremento aprobado para los ejercicios 2012 y 2013 a fin de reducir el déficit público.

Deducción por Adquisición de Vivienda Habitual.
Se ha reinstaurado la deducción por adquisición de vivienda habitual con efectos desde el 1 de enero de 2011. El porcentaje de deducción será el 7,5 por ciento (deducción estatal) y la base máxima de deducción es de 9.040€, eliminandose el límite de ingresos para tener derecho a ella.

Rendimientos de Trabajo de los Administradores.
Durante los ejercicios 2012 y 2013 el pocentaje de retención e ingreso a cuenta sobre los rendimientos del trabajo que se perciban por la condición de administradores y miembros de los consejos de administración de las juntas que hagan sus veces y demas miembros de otros organos representativos, será del 42 por ciento.
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